Se han publicado unas directrices informativas desde el Gobierno español con enlaces a la Comisión Europea y a los distintos acuerdos sobre la situación de residencia y trabajo de los ciudadanos/as británicos/as en España tras el Brexit
La población britanica constituye el tercer conjunto de habitantes migrantes residiendo en España, casi 250.000 personas segun datos del padrón del INE de 2019, y de acuerdo a lo afirmado en la web oficial de La Moncloa y los acuerdos comunitarios y bilaterales con el Reino Unido, van a poder disfrutar hasta el 31/12/2020 del derecho a solicitar de inicio la inscripción en el Registro de Ciudadanos de la UE, con los derechos de residencia que conlleva, únicamente se verán privados de los derechos políticos de sufragio activo y pasivo en elecciones al Parlamento Europeo y el ejercicio de la iniciativa Legislativa Ciudadana de la UE. Según los acuerdos vigentes a febrero 2020, tras el 31/12/2020 fecha en el que finaliza el Acuerdo Transitorio podran seguir manteniendo sus derechos de residencia, trabajo, estudios y Seguridad Social.
Fuente: https://www.lamoncloa.gob.es/