En el Foro mensual de APAEM del mes de febrero, hemos dado cuenta de información sobre Novedades Introducidas por La Ley 28/2022 de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, informando a los compañeros/as que no pudieron asistir a la charla impartida el viernes, 10 de Febrero de 2023, organizada por la Asociación Catalana de Profesionales de Extranjería (ACPE), D Luis Esteban Manzanares, responsable de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
El Sr. Manzanares comentó novedades introducidas por la Ley Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes así como novedades procedimentales que está incorporando la Unidad de Grandes empresas (en adelante UGE).
Comenzó con una introducción sobre la UGE qué hace, el incremento significativo de expedientes y los tipos de autorizaciones que tramitan
A continuación explicó las principales Novedades Procedimentales que estaban implementando, y facilitó algunos consejos a la hora de preparar los expedientes:
- Firma electrónica de Empresa y Apodera.
Luis Esteban-Manzanares explicó que la firma electrónica de empresa irá desplazando a la rúbrica manuscrita del Representante de la Empresa que se estaba usando hasta ahora acompañada de los poderes del firmante, para la presentación de autorizaciones de Profesional Altamente Cualificado, Traslados Intraempresariales, Investigadores UE, etc.
Igualmente explicó la posibilidad de usar el Apoderamiento electrónico (Apodera) para que los Abogados podamos presentar en nombre de nuestros Clientes (Empresas) las autorizaciones que tramita la UGE.
Explicó que actualmente están abriendo un periodo transitorio para que todas las presentaciones se adecuen a estas novedades procedimentales, lo que implica que en breve espacio de tiempo sólo admitirán las solicitudes presentadas por estos medios.
Destacó, que el uso de la Firma Electrónica de Empresa evitará tener que adjuntar los Poderes del Apoderado, Escrituras de Constitución, Balances, etc. simplificando la documentación a presentar y la revisión del expediente por parte de los funcionarios, con el considerable ahorro de tiempo que conllevará.
- El Perfil del Puesto de Trabajo del PAC.
✓ En primer lugar, comentó la importancia de usar el CNO-11 para encontrar el perfil que más encaje con las funciones que tendrá el trabajador, evitando así, usar anglicismos o modernismos, que pueden llevar a confusión de los funcionarios.
✓ También especificó que los Títulos Universitarios no hay necesidad de Apostillarlos. ✓ Como tercera novedad, explico que los Certificados de antecedentes Penales Españoles y Europeos no hará falta adjuntarlos, pues pueden comprobarlos automáticamente y en el futuro están trabajando para que también se puede incluir en esta comprobación los antecedentes de los Ciudadanos Británicos.
- Reducción de la Documentación a Presentar.
Otra de las cosas que recalcó Luis Esteban-Manzanares, es la importancia de presentar la documentación justa y necesaria, evitando la incorporación de:
- CIF de la empresa, escrituras de poderes, documento de representante legal/ • Documento del presentador/ • Escolarización de los niños/ • Certificados de empadronamiento./• Escrituras de constitución de la empresa.
Facilitando así la presentación y revisión de los expedientes para conseguir cumplir los plazos. Otras Novedades que están en fase de Incorporación y que en breve serán aplicadas son:
✓ Normativa europea ECRIS sobre el intercambio de información de los registros de antecedentes penales entre los Estados miembros.
✓ ETIAS – Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes
✓ Entry/Exit System (EES) Sistema de entradas y salidas.
Una vez finalizada la primera parte de la Charla, el Responsable de la UGE comenzó la parte de la exposición relativa a las Principales Novedades en la Ley de Emprendedores derivadas de la Ley de Startups.
- Duración de las Autorizaciones.
Todas las autorizaciones iniciales que anteriormente se otorgaban por un máximo de dos años pasan a tener un máximo de tres años. Las renovaciones permanecerán igual, es decir tendrán una duración máxima de dos años
- Antecedentes Penales.
Se incorpora la posibilidad de presentar una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años junto con un certificado de antecedentes penales en los países donde haya residido durante los dos últimos años. Facilitando el requisito a aquellos solicitantes que han residido en varios países en los últimos cinco años.
- Emprendedores y actividad empresarial.
Las principales novedades en relación a los emprendedores son:
- a) La posibilidad de solicitar la autorización desde el exterior sin el requerimiento el Visadoprevio.
- b) La valoración de la actividad emprendedora ahora la realizará ENISA en lugar de la D.G.de Comercio Internacional e Inversiones.
- c) La solicitud del informe se hará siempre a través de la propia solicitud de autorización en la UGE.
- Profesionales Altamente Cualificados. ( PAC)
Las principales novedades respecto a los PAC son:
- a) Desaparece la necesidad de que la empresa contratante tenga más de 250 trabajadores, la cifra de negocio sea superior a los 50 Millones de Euros, perteneciente a un sector estratégico considerada de interés general.
Únicamente se exigirá que la Empresa esté al día de sus Cotizaciones sociales y de sus obligaciones con la Agencia Tributaria.
- b) Los Profesionales Altamente Cualificados deberán estar enmarcados en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
5. Teletrabajadores de Carácter Internacional o Nómadas Digitales.
Por último, Luis Esteban-Manzanares explicó las novedades de la introducción de esta figura entre las autorizaciones que gestiona la UGE, especificando que a finales de Marzo esperan publicar una Instrucción para dar mayor claridad a los requisitos exigidos para el Teletrabajador Internacional. Entre los principales requisitos que enumeró se encuentran:
- Ser un profesional cualificado con Titulación Universitaria (todas se considerarán de reconocido prestigio, en principio), formación profesional o escuelas de negocio, o bien con una experiencia profesional mínima de 3 años.
- Ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. Es decir, no podrán ejercer funciones presenciales, como atender al público, supervisar obras, etc.
- Actividad laboral (asalariados): Sólo pueden trabajar para la empresa extranjera en la que ya trabajan.
Actividad profesional (autónomos) Se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad profesional. Esto lo medirán en función de su Facturación.
- La Solicitud la deberá realizar el propio trabajador ante el Consulado o desde España (en situación Legal) ante la UGE.
- Otro de los Requisitos que explicó es la necesidad de contar con su incorporación a la Seguridad Social, pues era un imperativo de la Ley General de la Seguridad Social que establece que los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que ejerzan su actividad en territorio nacional, deberán estar comprendidos en el Sistema de la Seguridad social. Por tanto, será necesaria una de las siguientes opciones:
- a) Inscripción de la empresa extranjera y afiliación del trabajador (asalariado). b) Alta en el RETA en el caso de trabajadores Autónomos.
- c) Trasladando del derecho desde el país de origen mediante certificado basado en convenio o acuerdo internacional o bilateral en materia de seguridad social suscrito por España.
- Se solicitará una justificación de Medios Económicos que será equivalente a dos veces el Salario Mínimo Interprofesional, pudiendo justificarse por medio de nómina/facturación o dinero en cuentas bancarias.
Para finalizar su intervención, el Responsable de la UGE explicó el proyecto de Ley de la Tarjeta Azul (Blue Card), comentando que las autorizaciones de la misma empezarán a tramitarse en su Unidad como una figura de Personal Altamente Cualificado de la Unión Europea.
En resumen, la Charla organizada por Asociación Catalana de Profesionales de Extranjería fue muy interesante, dando la posibilidad de conocer de primera mano la opinión y criterios que va aplicar la UGE directamente de boca de su Responsable. Por lo que agradecemos la invitación aparticipar como oyentes de la misma.
También es importante resaltar que el Sr. Luis Esteban-Manzanares se mostró muy cercano y dispuesto a escuchar las inquietudes y sugerencias que podamos tener los abogados de extranjería para lograr crear unos procedimientos y procesos más expeditos y desburocratizados.
